este Tribunal en Funciones de Control Número Ocho, del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Se Otorga, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al presunto imputado ciudadano Gonzalez Nuñez, Adán Orlando, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Maracay Estado Aragua, titular de la cédula de identidad N° V.- 7.235.064, nacido el 02.05-1964, de 43 años de edad, de estado civil casado, hijo de Nahir Amelida Nuñez de Lugo (v) y Adán González (f), de profesión u oficio taxista, residenciado en la Urbanización Los Naranjos, edificio 17B, tercer piso, apartamento 8-B, Palo Negro Estado Aragua.
Trasládese al presunto imputado quien se encuentra recluido en el Centro de Reclusión de Alayon a los fines de imponerlo de la presente decisión, y a que suscriba el acta de conformidad con lo establecido en el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal, notifíquese a las partes de la .....