Con fundamento a los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la demanda que por ACCION MERO DECLARATIVA fue incoada por los ciudadanos MITCHAEL WILLIAMS HERNANDEZ SANCHEZ y WILLIAM JOSE HERNANDEZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.497.544 y 14.497.545, contra la Empresa "AUTOMOTRIZ MARIMAR, C.A., Sociedad Mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 11 de mayo de 2006, bajo el N° 31, Tomo 30-A, y el ciudadano ANGELO DE FIDELIBUS OSTOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 3.742.175, de este domicilio, en su carácter de Accionista y Presidente de la citada Sociedad Mercantil con.....