DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo (en Función de Control) del Tribunal de Primera Instancia de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 48 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, por aplicación supletoria del artículo 537 parte in fine de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida contra el hoy mayor de edad, ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXX, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº XXXXXXXXXXXXXXXX, de XX años de edad para el momento en que ocurrieron los hechos, con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXX por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el articulo 455 Ordinal 3º del Código Penal. En consecuencia se ordena la remisión de las actuaciones .....