este Tribunal en Funciones de Control Número Ocho, del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Se Otorga, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al presunto imputado ciudadano Badillo Cuevas Pablo José ya identificados en la presenta causa.
Trasládese al presunto imputado a los fines de imponerlo de la presente decisión, y a que suscriban el acta de conformidad con lo establecido en el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal, notifíquese a las partes de la misma de conformidad con lo establecido en los artículos 179 y siguientes ejusdem, agréguese las presentes actuaciones a la causa respectiva y déjese copia para el archivo del Tribunal debidamente certificada. En Maracay Estado Aragua, a los dos (02) días del mes de julio de 2007.
Abogado Nelson Alexis García Morales
Juez Octavo de Control
Abg. Enrique Leal
El Secretario
Causa N° 8C-8314-06