Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO incoada por la ciudadana MARÍA NOEMY GONZÁLEZ MANZANILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.159.013, domiciliada en el Barrio Santiago Mariño, Sector la Providencia, Calle 2, Casa Nº 2, Intercomunal Turmero Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, debidamente asistida por las ciudadanas abogados, Mariennie Hidalgo y Martha Sofía Cardozo Herrera, Inpreabogado Nros. 121.539 y 49.124, respectivamente, contra el ciudadano, GUILLERMO ANTONIO CAÑIZALEZ ARROYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.689.562.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial celebrado en fecha veinticuatro (24) de Agosto de 1990, .....