Por las razones que fueron expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la pretensión de amparo ejercida por los ciudadanos ROLDAN GARABITO, YRAIMA DE GARABITO, HÉCTOR PERALTA, MARY JOSEFINA GONZÁLEZ PERDOMO, LUÍS RAFAEL LANZ, IRIA MEJIAS DE LANZ, HIPOLITO SEGNINI Y MARÍA ANTONIA UZCANGA DE SEGNINI, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-4.054.600, V-4.230.129, V-3.435.818, V-5.279.924, V-7.213.163, V-7.250.909, V-7.181.132 y V-7.268.618, debidamente asistidos de la ciudadana abogada, Elba Mirozlava Davila Inpreabogado Nº 17.737, contra la Alcaldía del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua.