Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ¿ con lugar ¿ la demanda intentada por el ciudadano RAMON ESTEVEZ, asistido por la Abogado DILCIA ISABEL MACHADO PADRON, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 62.109, contra la ciudadana YOLIMA ELENA OTERO SARMIENTO, todos identificados en autos, por DESALOJO, sobre Un ( 01 ) inmueble ubicado en la Calle Las Palmas N° 26, La Barraca Jurisdicción del Municipio Girardot Maracay, Estado Aragua, el cual tiene una superficie de Quinientos Metros Cuadrados ( 550 M2 ) cuyos linderos y medidas son: NORTE: Solar de Agustina González de Tovar; SUR: Con terreno de su propiedad NACIENTE: Casa y solar que es o fue de Andica Brito Callejón en medio y PONIENTE: Casa y Solar de José del Carmen Rodrígue.....