Atendiendo a lo expuesto este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Rectificación del Acta de Defunción del decujus FRANKLIM EMILIO MENDEZ PEREZ, quien en vida fuera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.391.419, realizada por la ciudadana SONGIE NAYIBER MENDEZ VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V.-11.119.801, la cual corre inserta en los libros de defunción del Registro Civil, bajo el acta Nº 739, Tomo 2do, del año mil novecientos ochenta y nueve (1989), en consecuencia se corrige el error material asentado y donde en dicha acta donde dice "No deja Hijos", la misma debe decir: "deja una hija reconocida de nombre: SONGIE NAYIBER MENDEZ VELASQUEZ".