D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: "PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional en la modalidad de Habeas Corpus, interpuesto por la ciudadana PATRICIA ESPINOZA en su carácter de Defensora Publica del ciudadano EDUARDO EMILIO LOPEZ HERNANDEZ, en contra del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE QUINTO (5°) DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA. SEGUNDO: se declara INADMISIBLE la acción amparo constitucional, interpuesto por la ciudadana PATRICIA ESPINOZA en su carácter de Defensora Publica del ciudadano EDUARDO EMILIO LOPEZ HERNANDEZ, en contra del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE QUINTO (5°) DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, todo de conformidad con.....