V. DEL DISPOSITIVO.-
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR LA NULIDAD DE VENTA DE DOCUMENTO PÚBLICO, incoada por el ciudadano OSWALDO RAMON QUIÑONES PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.144.451 en representación de la empresa Q & M CONSTRUCCIONES, C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Aragua, el día 26 de Octubre de 2004, bajo el Nro. 44, Tomo 62-A, en contra de los ciudadanos: FIDELA GONZALEZ DE GONZALEZ, ALEXIS GONZALEZ GONZALEZ Y JEZARETH GONZALEZ GONZALEZ, extranjeros los dos primeros y venezolano el último, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nros. E-81.728.170, E-81.728.526 y V-17.576.745, respectiva.....