Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación propuesta por ciudadanos OMAIRA JOSEFINA CÁRDENAS DE CHAPARRO y GONZALO RAMÓN CHAPARRO ESPINOZA, titulares de las cédulas de identidad números: V-3.742944 y V-3.436.421, respectivamente, representados por los abogados EDGAR DARIO NÚÑEZ ALCÁNTARA, RAYDA GIRALDA RIERA LIZARDO, JORGE RODRÍGUEZ BAYONE y EDGAR DARÍO NÚÑEZ PINO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 14.006, 48.867, 27.316 y 110.921, respectivamente, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 21 de Octubre de 2011.-
SEGUNDO: SE REVOCA, la sentencia d.....