Es por las razones anteriormente expuestas, que ESTE JUZGADO QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por la ciudadana LUCIA CECILIA CAGGIANO PESTANA, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.884.769, quien comparece debidamente asistida de la Procuradora de los Trabajadores Abogada Jenny Oviedo, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.270.183, e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 101.242, contra la entidad de trabajo COMPUTEL INVERSIONES, C.A. Y ASÍ SE DECIDE. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los diez (10) días del mes de febrero de 2015. Años: 204º.....