CONDENA a los ciudadanos: ciudadana RANGEL SEQUERA ABDELKADER RAFAEL, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-11.989.528, funcionario activo, residenciado en Urbanización Girardot, cale 03, casa Nº 20, Maracay, Estado Aragua y VÁSQUEZ CARPIO MARCO ANTONIO venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-11.980.484, funcionario activo, residenciado en Barrio San Vicente, sector isabelita, calle 2, casa nº 7, Maracay, Estado Aragua; a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS DE PRISIÓN, por ser los autores de los delitos de: CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción y los delitos de VIOLACIÓN A DOMICILIO y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 184 y 176 ambos del Código Penal