PRIMERO: Declara CULPABLE al acusado YORMAN STIVEN BLANCO TORRES, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido en fecha 07-10-1089, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de Identidad Nº V-16.691.777, y residenciado BARRIO PARAPARAL I, VEREDA 11, CASA Nº 4, MARACAY , ESTADO ARAGUA, de los hechos acreditados por el Ministerio Público, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehiculo, el cual tiene prevista una pena de TRES (03) A CINCO (05) AÑOS DE PRISION, cuyo término medio conforme lo prevé el Artículo 37 del Código penal, sería de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, sin embargo, al verificarse que la fiscalía no acreditó la conducta predelictual del acusado, el mismo es acreedor de la atenuante genérica prevista en el Artículo 74 del Código penal, siendo que.....