II. DISPOSITIVO
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA, la solicitud de Medida Cautelar Innominada formulada por la ciudadana YMA GROSSVATER GALLARDO, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.516.466, de este domicilio, asistida por los abogados ALBERTO SOLANO y LUÍS RAFAEL CAMACHO SUÉ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 14.604 y 48.932 respectivamente, señalada en el escrito que inicia la presente actuaciones. Y así se decide.
Déjese copia certificada del presente fallo, publique y regístrese.
Dada, Firmada y sellada en esta Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, en sede Constitucional de la Circunscripción Judicia.....