Por las razones de hechos y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancaria de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de FIJACIÓN OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, interpuesta por la ciudadana: ANJULIE RONNELY HERNÁNDEZ RIVAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-13.769.045, de oficio Obrera, domiciliada en la Urbanización La Segundera, Sector 1, Calle 10, casa Nº 60, Cagua, Municipio Sucre del Estado Aragua, en interés de la niña ANAIS DE JESÚS UTRERA HERNÁNDEZ, actualmente de dos (2) años de edad, asistida por la ABG. AURORA DEL CARMEN GUERRERO SÁNCHEZ, inpreabogado Nº 8.193, Defensora Pública Nº 01, adscrita al Circuito Judicial del Estado Aragua, incoada contra el ciudadano: JESÚS ALFREDO UTRERA VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad.....