REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(201° y 152°)
Maracay, once (11) de enero del año (2012)
EXP.- JSAAC- 2011-0179
Vista la diligencia presentada en esta misma fecha, por la profesional del derecho, OFELIA VIRGINIA BARRADAS GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.533.653, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 111.165, actuando como apoderada judicial del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, constante de un (01) folio útil mediante la cual promueve pruebas; este Tribunal para resolver sobre la admisión de las mismas, acogerá al pacifico criterio sostenido en la Sala Político Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, referido al sistema de libertad de los medios de prueba, el cual resulta absolutamente incompatible con cual.....