En este estado siendo la 1:00 p.m., y toda vez que el inmueble se encuentra libre de bienes y personas, y resuelto pacíficamente como ha sido la situación de los adultos mayores, de los animales domésticos, y de los adolescentes, este Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 39, 40 y 41 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamiento Inmobiliarios, declara Secuestrado el bien inmueble que se describirá a continuación: Dos (2) plantas, la planta baja, está conformada por: un (1) pasillo de circulación, un (1) baño, una (1) cocina, un (1) lavandero, un (1) estacionamiento sin techar, un (1) salón de estar, y escaleras de acceso al segundo piso; La segunda planta, se encuentra conformada por: Un (1) baño, una (1) Sala, cinco (5) habitaciones, un (1) baño, y una (1) terraza techada, para un total general de Trescientos ochenta y cuatro metros con ochenta aproximados (384,80 Mts.), encontrándose dentro de los siguientes linderos generales del inmueble: Norte: En u.....