DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en San Mateo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologada la Conciliación habida entre los ciudadanos Pablo Ascanio García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.686.087 y la ciudadana Mildred Yaneth Nieves Guía, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.689.275, en su carácter de padres del adolescente xxxxxxxxx, de conformidad con lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Igualmente se prevé el ajuste automático y proporcional, del monto de la obligación que se fije, tomando en cuenta la tasa de inflación determinada por los índices del Banco Central de Venezuela, de conformidad con el Artículo 369 Ejusdem. Asimismo se establece que si después de hechas las asig.....