Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a SUYIN EDDY SUAREZ LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.647.011, de este domicilio y ANDRES EMILIO FUNES HERMOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.645.184, y de este domicilio, desde el día 23 de febrero de 1.990, según consta en la copia certificada del acta de matrimonio Nº 152, Tomo I, año 1.990, de los libros llevados en la Jefatura Civil de la Parroquia José António Páez, Municipio Girardot del Estado Aragua.
Liquídese la comunidad de gananciales.