Por las razones de hecho y de derecho antes analizadas, este Tribunal acuerda sea realizada una experticia de autenticidad de firma de la Demandante, ciudadana DEISY SUMOZA DE TEJADA, suficientemente identificada en autos, en los recibos cursantes al folio 27, designando como documento indubitado para hacer el cotejo, la diligencia de fecha 10 de Diciembre de 2003, en la cual la ciudadana DEISY SUMOZA DE TEJADA, asistida por el Abg. JOSE HERRERA, ambos suficientemente identificados en autos, otorgó Poder Apud-Acta a los Abogados FRANCISCO GONZALEZ y JOSE HERRERA, ambos suficientemente identificados en autos, en presencia de la Secretaria Temporal, ciudadana Indira Oropeza, y los otorgantes fueron plenamente identificados, dicha diligencia cursa al folio 24 del presente Expediente. Al efecto se designa experto al ciudadano EDGAR RAMON FRANCO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.207.327, a quien se acuerda notificar para su aceptación y juramentac.....