SEGUNDO
Con relación a los escritos presentados por el abogado Luís Fernando Martínez y que rielan a los 266 al 268 y 271 al 274 del presente cuaderno, el Tribunal, por cuanto observa que, en el presente procedimiento de invalidación se procedió, en el auto de admisión de la demanda, a ordenar la citación del demandado, ciudadano CARLOS VIDAL LEÓN OROPEZA, para que diera contestación a la demanda al segundo día de despacho siguiente a su citación y, por cuanto el tribunal considera que, conforme a lo establecido en el artículo 331 del Código de Procedimiento Civil, el procedimiento de invalidación debe sustanciarse por los trámites del juicio ordinario, procedería decretar la reposición de la causa al estado de nueva admisión para proteger el derecho a la defensa del demandado y el debido proceso así como el principio de igualdad entre las partes. Sin embargo, los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecen que no debe sacrificarse l.....