En mérito a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de los Municipios
Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó el ciudadano ARMANDO FIORETTI DI TROIA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.821.904, a través de su apoderado Judicial de parte demandada abogado JOSE ARMANDO CHACÍN, inpreabogado N° 24.220, contra el ciudadano YURI ALCIDES VASQUEZ SANTANA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.216265, en su carácter de arrendatario de un inmueble constituido por un apartamento, distinguido con el N° 182, situado en el piso 18, edificio Abitare 2.000, ubicado en la calle Colón, cruce con la calle en proyecto de la Urbanización La Coromoto, de la ciudad de Maracay, Estado Aragua.-
Al hilo del presente fallo, queda resuel.....