DISPOSITIVA
Oídas Las Exposiciones De Las Partes, Revisadas Las Actuaciones Que Conforman La Causa N° 8C-24.551-20, Este Tribunal 8° En Función De Control Estadal Del Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua, Administrando Justicia En Nombre De LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRIMERO: Se decreta la aprehensión como FLAGRANTE. SEGUNDO: se acuerda la aplicación del procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 262 del Código. TERCERO: Se acoge parcialmente la precalificación fiscal por el delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 con las agravantes del articulo 217 ambos de la Ley para la protección de Niños, Niñas y Adolescente. en contra de la ciudadana ARENA MANUEL LISANDRO titular de la cedula de identidad N° Titular de la cedula de identidad N° V-4.394.523, desestimando la continuidad toda vez que las actas procesales la conducta desplegada por el ciudadano no indica una forma conti.....