En mérito, a lo razonado anteriormente, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "SIN LUGAR", la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que intentó el ciudadano BONIELLO EGIDIO
ENRICO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.241.192, en su carácter de apoderado general del ciudadano CESAR MARCOS BERNAL CONTRERAS y GIULIA EGIDIO PIZZANO, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.549.976 y E-872.098, asistidos por el Abogado EMILMAR CAMEL B., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.875, contra el ciudadano CRUZ ANDRES GARCIA VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.544.580, sobre un inmueble consistente en una casa y el terreno sobre el cual se haya enclavada, de aproximadamente SEISCI.....