este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: JESUS ALBERTO PEDRA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.158.373, nacido en fecha 17-03-1997, de 20 años de edad, de profesión u oficio: albañil, residenciado en: URBANIZACION LA OVALLERA, VEREDA 14, CASA NUMERO 08, PALO NEGRO, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por encontrarlo culpable en la comisión de los delitos de ROBO GENERICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 455 en relación con el articulo 80, ambos del Código Penal, igualmente se le condena cumplir las penas accesorias de Ley prevista en el artículo 16 e.....