Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la querella interdictal de amparo interpuesta por la ciudadana: SAYDA MARIA TINEO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.016.132, contra las ciudadanas: SITA DE RAMOS GARCIA, DOLORES INFANTE IDALGO, y MERCEDES RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-7.225.178, V-3.742.042, V-7.202.657. SEGUNDO: Se ordena la reproducción de sendas copias de las llaves del portón objeto de esta demanda a fin que la accionante tenga el libre tránsito a su vivienda. TERCERO: Por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada. Por cuanto la pres.....