Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos WILLIAM MONTILLA, PEDRO MEZA, JUAN MENDEZ, WILLIAM BRAVO Y ARGELIO ALONZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-13.869.440, V-8.882.992, V-14.231.111, V-18.851.677 y V-8.798.604, respectivamente., contra la entidad de trabajo BZS CONSTRUCCION, S.A. por motivo de Diferencias de Cobro de Prestaciones Sociales. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total. TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en Ley.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Cuarto de .....