En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO PENAL, seguido al acusado DIEMAR FRANCISCO NIEVES ORTEGA, natural de Maracay, nacido el día 09-10-1969, de 41 años de edad, Estado civil: CASADO, profesión u oficio: CORREDOR DE SEGUROS, Dirección: RESIDENCIAS MARIÑO TORRE C, PISO 12, APARTAMENTO NUMERO 124, MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO, ESTADO ARAGUA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.999.255; por el lapso de CUATRO (4) MESES, contado a partir del día 18.05.2015; culminando dicho lapso en fecha 18.09.2015, en consecuencia, el mencionado acusado deberá cumplir a cabalidad con las condiciones impuestas por este Tribunal, contenidas en los ordinales 1°, 6° y 8° del artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo .....