DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a los ciudadanos DIAZ REBOLLEDO FRANZUA ELIAS, titular de la cédula de identidad N° V.- 13.701.252, por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SANOJA VASQUEZ VIANCY SUSANA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.569.661, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 108 numeral 5 y 109 del Código Penal