SE DECRETA en beneficio de la víctima ciudadana YEREINA ZAIRETH LA CRUZ, las medidas de protección y seguridad establecidas en el artículo 90 numerales 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la imposición de las medida cautelares contenidas en el artículo 95 cardinales 7 del la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres una vida Libre de Violencia, en virtud que la finalidad del procedimiento ordinario es la preparación del juicio oral y público, a través de la investigación de la verdad y la recolección de todos los elementos que permitan inculpar o exculpar al imputado.-