identidad Nro. V-xxxxxxxxxxxxxxx, natural de La Victoria, estado Aragua, de 14 años de edad, nacido en fecha 02-10-2004, profesión u oficio: estudiante, residenciado en: GUACAMAYA, SECTOR LA MEDERO, CASA NÙMERO 47, ESTADO ARAGUA, y xxxxxxxxxxx, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-xxxxx natural de La Victoria, estado Aragua, de 14 años de edad, nacido en fecha 27-11-2004, profesión u oficio: estudiante, residenciado en: GUACAMAYA, SECTOR LA MEDERO, CASA NÙMERO 53, ESTADO ARAGUA, en atención a la sentencia Nº 457, de fecha 11-08-2008, Sala Penal, con ponencia de la Magistrada Deyanira Nieves, toda vez que se encuentran llenos los extremos del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta el PROCEDIMIENTO ORDINARIO en la presente causa a los fines que el ministerio Público continúe con la investigación de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal por aplicación supletoria del articulo 537 de la Ley Orgáni.....