PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Alejandro Noguera inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 171.704, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, contra las Actas de fecha 2 de septiembre de 2016 dictadas por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del estado Aragua, en los expedientes Nos. 009-2016-01-2333, 009-2016-01-2335, 009-2016-01-2338, 009-2016-01-2337, 009-2016-01-2339, 009-2016-01-2343, 009-2016-01-2344, 009-2016-01-2346, 009-2016-01-2350, 009-2016-01-2355, 009-2016-01-2357, 009-2016-01-2364, 009-2016-01-2368, 009-2016-01-2370, 009-2016-01-2371, 009-2016-01-2358, 009-2016-01-2340, 009-2016-01-2341, 009-2016-01-2342 y 009-2016-01-2345 (nomenclaturas del órgano administrativo), respectivamente, emanadas de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios José Félix Ribas, Santos Michelena, José Rafael Revenga.....