En mérito a lo antes explanado, este Juzgado
Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declara " CON LUGAR " la Cuestión Previa signada en el Ordinal 2°, del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por la ciudadana CARLA ALEXANDRA GOMEZ BARRETO, asistida por la Abogado CARLET ALEJANDRA GOMEZ BARRETO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 94.242, por la acción CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó la ciudadana ISAA NOHELY SANDIAS LAGUNA, asistida por la abogado MARIANGEL ESQUEDA SEIJAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del
Abogado bajo el Nº 99.513.
En fuerza de los antes expuesto, se le ordena al demandante subsanar la Cuestión Previa declarada con lugar y como consecuencia de ello, se suspende el presente proceso, en conformidad con el Artículo 354 en armonía con el Artículo 350 del.....