DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ROHEC MARCIAL DIAZ CASTRO, titular de la cedula de identidad N° V-17.051.977, Venezolano, de estado civil Soltero, de 36 años de edad, nacido en fecha 12-04-1985, natural de Maracay, estado Aragua, residenciado en CALLE LIBERTAD, CASA NRO. 93, NORTE II, SABANETA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y OCHO (08) DIAS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en al artículo 458 en relación con el artículo 82, todos del Código vigente para .....