DISPOSITIVA
Con base a lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, instruida en contra de los ciudadanos GERRATANA HERNÁNDEZ FRANCO ANTONIO; CABRERA HERNÁNDEZ GUILLERMO RAFAEL; HERNÁNDEZ TOMAS SALVADOR; y, GERRATANA CARDOZO FRANCISCO JOSÉ, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 108, ordinal 5° y del 110, primer aparte, ambos del Código Penal, en concordancia con el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 eiusdem.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Central del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.
EL MAGISTRADO PRESIDENTE (A) Y PONENTE
Dr. ALEJANDRO JOSÉ PERILLO SILVA
EL MAGISTRADO DE LA CORTE
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