Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Juez Unipersonal No. 03, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, contraído por los ciudadanos: JHONNY JOEL MELO MARTÍNEZ y DAIRY BETZABET VIVENES LOPEZ, identificados en autos, en fecha 31 de marzo del 2.000, por ante el Concejo Municipal ¿Mario Briceño Iragorry¿ del Estado Aragua, según acta No. 75.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 349 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, LA PATRIA POTESTAD de los niños *****************************, de 11y 10 años de edad, respectivamente, será ejercida por ambos padres. LA GUARDA la ejercerá la madre en el lugar donde fije su residencia. EL RÉGIMEN DE VISITAS; el padre compartirá con sus hijos y tendrá derecho a visitarlos en horas hábiles, previo acuerdo.....