Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano: HENRY MARTINEZ GOMEZ, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a HENRY MARTINEZ GOMEZ e INDIRA MARTINEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nos.: V- 9.676.244 y V- 11.149.433, desde el día 02 de diciembre de 1995, que se celebró por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Valencia del Estado Carabobo, según consta de la copia certificada del acta de matrimonio anotada bajo el Nº 228, folio 241, Tomo 1, de los libros respectivos.
Liquídese la Comunidad de Gananciales.
Por la naturaleza de la presente decisión no hay co.....