DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se pronuncia: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ, actuando con el carácter de defensora del ciudadano RENI ANTONIO BRACA ACOSTA, en contra del auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 25 de Noviembre del año 2003, en la cual NIEGA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, como una Medida menos gravosa, solicitada por la abogada MARISOL LOPEZ GONZALEZ en fecha 14 de noviembre de 2003, a favor del imputado, e igualmente, NEGO lo solicitado por la defensa en fecha 14 de noviembre de 2003, a fin de que el Tribunal fije Audiencia Especial donde esté presente la víctima NOHEMI QU.....