PRIMERO: Se desestima la precalificación fiscal por el delito de REVENTA, previsto y sancionado en el artículo 55 de la Ley Orgánica de Precios Justos; por consiguiente, se desestima la imputación formulada por la Vindicta Publica en contra de los ciudadanos 1) REGULO CASEY D’ABUTERRE, de nacionalidad venezolana, natural de Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 10-09-1972, de 46 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.678.546, ocupación albañil, residenciado en Barrio Bello Monte, calle Páez, casa N° 30, Palo Negro, municipio Libertador, Estado Aragua, teléfono 04243657875 y 2) ANDREUT RAFAEL VELASCO PEÑUELA, de nacionalidad venezolana, natural de Bella Vista, estado Aragua, fecha de nacimiento 25-09-1975, de 43 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.611.308, ocupación chofer, residenciado en calle 19 de Abril, casa N°4, Bella Vista Estado Aragua, SEGUNDO: Se decreta la Libertad sin Restricciones de los mismos, de conformidad a lo establecido en el.....