DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que conforman la causa N° 10C-21-269-19, este Tribunal 10° en función de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la aprehensión como FLAGRANTE, de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se acuerda la aplicación del procedimiento ORDINARIO. TERCERO: No admite la precalificación Fiscal del delito de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. CUARTO: Este Tribunal acuerda la petición de la defensa del cambio de calificación del delito a ROBO en GRADO DE FRUSTTRACION QUINTO: Se acuerda la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal. SEXTO: Se ac.....