Por las razones antes expuestas éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR, la demanda interpuesta por el Abogado IVAN MAURICIO ANDUEZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-2.076.118, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 13.732, actuando por sus propios medios y derechos, contra la ciudadana EDITH KARINA CASTILLO, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-24.389.395; por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
2) Se condena a la parte demandante al pago de las costas de este procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, y déjese copia de la presente sentencia.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho de éste Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Villa de Cura.....