PRIMERO: CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por los ciudadanos RAMÓN CELESTINO AGUILAR, JUAN DE JESÚS CASTELLANOS CAÑIZALES, SANTIAGO LIENDO GUTIÉRREZ, BARTOLO CARRILLO, FROILAN MENDOZA, CARLOS EDUARDO HERRERA CASTILLO y HEUCLIDES SIMÓN MEJIAS MIJARES, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 5.982.242, V-9.638.733, V-5.628.841, V-4.402.361, V-3.376.632, V-14.829.514 y V-15.180.880, respectivamente, contra la Providencia Administrativa Nº 00111-2012 de fecha diecinueve (19) de junio del 2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios José Félix Ribas, Santos Michelena, Revenga, Tovar y Bolívar del Estado Aragua, expediente acumulados Nos. 037-2012-01-00083, 037-2012-01-00084, 037-2012-01-00094, 037-2012-01-00095, 037-2012-01-00096, 037-2012-01-000119 y 037-2012-01-000120 (nomenclatura del órgano administrativo), emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios José Félix Ribas, Bolívar, Santos Michelena, José Rafael Revenga y Tovar del Estado Aragua.....