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Decisiones del dia 30/01/2008 |
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N° Expediente :
7950-07
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N° Sentencia :
7950-07
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Fecha: 30/01/2008 |
Procedimiento: Desalojo |
Partes: EMPRESA MERCANTIL INVERSIONES PISCITELLI C.A VS OSWALDO RAMON OSORIO DURAN |
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y en nombre de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por motivo de DESALOJO, intento la Empresa Mercantil INVERSIONES PISCITELLI C.A, a través de sus apoderados judiciales Abogadas ANA ISABEL PEREZ VERDUGA y NINOSKA MIZRAHI DE ROSSI, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-8.417.921 y V-9.640.320, respectivamente, e Inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 35.071 y 39.579, respectivamente, en contra del ciudadano OSWALDO RAMON OSORIO DURAN, este en su carácter de arrendatario y la primera de las nombradas en su carácter de arrendadora de inmueble constituido por una parcela de terreno y la bienhechurías construidas sobre la misma, con una superficie aproximada de Seiscientos Diez metros Cuadrados ( 610 mts2), ub.....
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Juez/Ponente:
Roque Enrique Duarte Montenegro
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Organo:
Segundo De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorry
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N° Expediente :
1E-465-05
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N° Sentencia :
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Fecha: 30/01/2008 |
Procedimiento: Libertad Condicional |
Partes: HERNANDEZ MIGUEL ALBERTO |
Resumen:
DISPOSITIVA
Por cuanto de autos se evidencia que se encuentran llenos los requisitos exigidos en el Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal y 14 de la Ley de Beneficios en el Proceso Penal, el cual establece la Extraactividad favoreciendo al reo, este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA LIBERTAD CONDICIONAL al penado: HERNANDEZ MIGUEL ALBERTO, titular de la cédula de identidad V-16.764.293, por el tiempo que le falta por cumplir, es decir, hasta la fecha 01-04-2008 y deberá cumplir las siguientes condiciones:
1.- No cambiar de domicilio ubicado en: BARRIO 23 DE ENERO, CALLE COLOMBIA, N° 60, MARACAY ESTADO ARAGUA
2-. No frecuentar el lugar donde ocurrió el hecho ni a las personas involucradas con el mismo.
3.- Debe presentarse por la Unidad Técnica de Apoyo y por ante la Oficina de Alguac.....
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Juez/Ponente:
Lorena Moreno
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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