Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO fue instaurado por la Sociedad Mercantil "A DECORACIONES C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 01 de diciembre de 1993, bajo el Nº 77, Tomo 597-A, representada por su apoderada judicial MARIOLGA DAN GARCIA, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 86.701, contra el ciudadano DAVID BOTTOME, mayor de edad, en su condición de Presidente y representante legal de la Empresa ARCHI C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua, en fecha 10 de septiembre de 2002, bajo el Nº 57, Tomo 32-A.