-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, literales d y e del ordinal 2 del artículo 56 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y el ordinal 3 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Gestión Integral de la Basura, en concordancia con lo establecido en el ordinal 4 del artículo 178 y de los artículos 82, 83, 84, 107, 127, 304 y 334 de la Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, decreta: PRIMERO: MEDIDA DE PROTECCIÓN AUTÓNOMA AMBIENTAL y en consecuencia, se ordena la clausura –posterior a su saneamiento por parte de la Alcaldía de Municipio Sucre del estado y el Instituto Autónomo .....