Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por PARTICION DE HERENCIA fue instaurado por las ciudadanas NORKA JOSEFINA AGUILAR VILLEGAS de DE LUCAS, DILCIA ESTHER AGUILAR VILLEGAS, THERSI OVERYSSEL AGUILAR VILLEGAS, MORAIMA ELIZABETH AGUILAR VILLEGAS y MIGDALIA YAGSURI AGUILAR VILLEGAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.273.201, 5.271.085, 7.190.387, 7.190.386 y 11.683.928, respectivamente, contra los ciudadanos ADONIS JUDITH AGUILAR VILLEGAS, JULIO CESAR AGUILAR VILLEGAS, WILLIAM AGUILAR VILLEGAS y EDITH MARLENE AGUILAR VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.271.084, 7.255.911, 3.742.272 y 5.152.983, respectivamente. Notifíquese a las parte.....