PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR, en los términos antes expuestos, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARLYN ARCHILA VELASCO, contra la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 22 de julio de 2009. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, de fecha 22 de julio de 2009, mediante la cual negó la entrega del vehículo distinguido con las siguientes características: MARCA TOYOTA, MODELO MERU, AÑO 2007, COLOR GRIS, SERIAL DE MOTOR 3RZ3447736, SERIAL DE CARROCERIA: 9FH11UJ9079015812, CLASE RUSTICO, TIPO SPORT-WAGON, USO PARTICULAR, PLACAS KBT041; a la ciudadana MARLYN ARCHILA VELASCO. TERCERO: SE ACUERDA la remisión de las presentes actuaciones en su oportunidad al Tribunal Noveno de Control de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que lo remita a la Fiscalía Vigésima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción del estado.....