Oídas las exposiciones de las partes y revisadas las actuaciones que conforman la presente causa N° 2C-38.154-2020, este Tribunal Segundo en función de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda la judicialización de la aprehensión del ciudadano: GONZALEZ MOREAN ROMULO JESUS ANTONIO venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.769.416, de 44 años de edad, nacido en fecha 13-06-1976, de profesión: TSU EN PUBLICIDAD Y MERCADEO residenciado en: URBANIZACION BASE ARAGUA, RESIDENCIAS, RESIDENCIAS LOS ESTADOS , EDIFICIO COJEDES, PISO 4, APTO 44, MUNICIPIO GIRARDOT, MARACAY, ESTADO ARAGUA, TELEFONO:0424-384-12-84 CORREO ELECTRONICO romulojesus@gmail.com, como FLAGRANTE de conformidad con el artículo 234 del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda continuar la investigación por la vía del procedimiento ES.....