en vista que la transacción versa sobre derechos litigiosos y discutidos, da por concluido el presente proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole el carácter y efecto de COSA JUZGADA. Igualmente se acuerda agregar a los autos, original de la liquidación de prestaciones sociales a través del formato denominado, "PAGO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES A LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO", original de carta de renuncia a LA EMPRESA y copias fotostáticas de los dos (02) cheques recibidos por EL DEMANDANTE, identificados up supra.